A manera de informacion, ya sabemos que para los gobiernos fascificos las leyes estan escritas con las patas...
LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION
TITULO PRIMERO
Principios Fundamentales
CAPITULO UNICO
Artículo 1 Corresponde a la Nación el dominio directo de su espacio territorial y, en consecuencia, del medio en que se propagan las ondas electromagnéticas. Dicho dominio es inalienable e imprescriptible.
Excepto en beneficio del mamarracho Azcoarraga Jean y Salinas Pliego...
Artículo 2 El uso del espacio a que se refiere el artículo anterior, mediante canales para la difusión de noticias, ideas e imágenes, como vehículos de información y de expresión, sólo podrá hacerse previos concesión o permiso que el Ejecutivo Federal otorgue en los términos de la presente ley.
O sea que solo se puede transmitir si se obedece esta ley. Si como no! En Mexico existe el estado de derecho...las instituciones son sagradas...
Artículo 3 La industria de la radio y la televisión comprende el aprovechamiento de las ondas electromagnéticas, mediante la instalación, funcionamiento y operación de estaciones radiodifusoras por los sistemas de modulación, amplitud o frecuencia, televisión, facsímile o cualquier otro procedimiento técnico posible.
Artículo 4 La radio y la televisión constituyen una actividad de interés público, por lo tanto el Estado deberá protegerla y vigilarla para el debido cumplimiento de su función social.
Artículo 5 La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán:
I.- Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares;
Entonces cuando va Televisa a dar los nombres de los arrestados y desaparecidos? No han sido estas violaciones a la dignidad humana? Y hablando de vinculos familiares...ni sus familias saben donde estan!
II.- Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;
Y no hacen transmisiones los curas de sus ceremonias? Porque permitir que sigan unos violadores de niños sacando sus programas al aire?
III.- Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana.
Elevar el nivel cultural del pueblo? Van a prohibir las taranovelas entonces? Si entre los valores de la nacionalidad mexicana se encuentra la defensa del patrimonio nacional, porque no se permiten diseminar puntos de vista alternativos a los de los que quieren entregar Pemex y CFE al extranjero?
IV.- Fortalecer las convicciones democráticas, la unidad nacional y la amistad y cooperación internacionales.
Ah, que bien, a ver cuando saca Televisa los estudios de los academicos de la UNAM sobre el fraude. Digo, seria violar la ley si no se presentan estos.
Artículo 10 Compete a la Secretaría de Gobernación:
I.- Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de tercero, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos;
No injurian a la dignidad personal todas las rabietas de los fascificos en contra del movimiento? No provoca la comision de delitos la radio de URO? Y no hay nada aqui acerca de que sea delito federal tomar una estacion privada. Sera acaso delito del orden municipal, pero no federal. Lo unico que la ley especifica respecto a terceros es que no se les pueden violar sus derechos haciendo TRANSMISIONES que asi lo hagan. Y mentarle la madre a URO no es mas que decirle la verdad.
Artículo 63 Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohibe, también, todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio de las razas; queda asimismo prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos.
Pos ya van a prohibir el rock entonces! Ah, y no van a poder transmitir en ingles. No se permiten recursos de baja comicidad? Ya se chingaron todos los programas de Televisa! Pobrecito Chavo del Ocho y todos los discursos de Fox! Son ilegales! Y como es que insultan y llaman "nacos" a la gente del movimiento?
Artículo 64 No se podrán transmitir:
I.- Noticias, mensajes o propaganda de cualquier clase, que sean contrarios a la seguridad del Estado o el orden público;
Uyuyuy! Que miedote. Contradice el articulo ese de la constitucion (39 o 41?) donde tiene el pueblo el derecho a rebelion. O sea que este articulo es anticonstitucional.
II.- Asuntos que a juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes impliquen competencia a la Red Nacional, salvo convenio del concesionario o permisionario, con la citada Secretaría.
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martes, noviembre 28, 2006
La ley
Publicadas por Pomponio a la/s 6:35 p.m.
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