Nos mandan el siguiente archivo PDF con las contradicciones del fallo del TRIFE. Un ejemplo:
El texto, de la sentencia del Tribunal Electoral es un monumento a la ignominia... vale la pena leerlo, pues es tan contradictorio en sí mismo que con ponerle un espejo se demuestra que sí hubo violaciones a los principios constitucionales y por lo tanto causales de nulidad, pero que, a pesar de su explícito reconocimiento no les importó hacer lo que ya estaba decidido de antemano: avalar el fraude electoral.Un sólo ejemplo:Dice el Tribunal:
"Por consiguiente, al haber quedado demostrado, primero, el hecho de haberse difundido en radio y televisión dos promocionales en favor de dos fuerzas políticas (Partido Revolucionario Institucional y Partido Acción Nacional) y en contra de otra (la coalición Por el Bien de Todos) y de su candidato presidencial y, segundo, al haber quedado demostrado que el Consejo Coordinador Empresarial contrató tales promocionales, al haberlos difundido, tales hechos se subsumen en lo dispuesto en el artículo 48, párrafos 1 y 13, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y, por tanto, se actualiza una violación a las invocadas normas, esto es, una violación a lo dispuesto en normas de orden público y de observancia general en el territorio nacional, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º, párrafo 1, del invocado código electoral federal, habida cuenta, además, de que la voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla, según lo dispuesto en el artículo 6º del Código Civil Federal.
Dicha violación a lo dispuesto en el código electoral federal constituye una irregularidad que viola los principios constitucionales de igualdad en la contienda y de legalidad electoral establecidos en el artículo 41, párrafo segundo, fracciones II y III, de la Constitución federal.
"A fin de salvaguardar el principio de equidad, el legislador ordinario estableció en el artículo 48, párrafo 13, la prohibición para que terceros contraten propaganda en radio y televisión en favor o en contra de algún partido político o candidatos por parte de terceros.
"En segundo lugar, al mismo tiempo, la participación de un tercero en la contienda electoral, al violar el invocado artículo 48, párrafo 13, del código electoral federal, atenta contra el derecho de acceder, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas del país, en perjuicio de la persona en contra de quien dirige su propaganda.
"Finalmente, dado que el principio de legalidad es un principio rector de la función electoral, cualquier violación a la normativa electoral constituye una trangresión del principio de legalidad electoral."
Sin embargo y después de estas contundentes afirmaciones el Tribunal Electoral concluye que: "La irregularidad que ha quedado establecida, por sí misma, no es determinante para el resultado de la elección presidencial."
O sea, ¿nos dice el Tribunal Electoral que sí se violaron “los principios constitucionales de equidad en la contienda y de legalidad electoral, pero que esto "…no es determinante para el resultado de la elección"?
¡Si la calificación de la elección es precisamente saber si los principios constitucionales y el COFIPE fueron respetados!
¡Cínicos descarados, creen que somos estúpidos, pero no saben cuánta sabiduría encierra la historia y la memoria de nuestro combativo pueblo… al tiempo… y, por cierto, ya empezaron a correr los minutos…
¡Ánimo, pues tan brutos gobernantes sólo nos dice que la victoria de la dignidad y la democracia está más cerca de lo que imaginamos!
El PDF se puede bajar de este link:
http://s11.quicksharing.com/v/2143263/Dictamen_trife_2006.pdf.html
Una razón más para apoyar al peje en el 2006.
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