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jueves, enero 18, 2007

SOBRE PENSIONES ALIMENTARIAS PARA HOMBRES

Esto de las pensiones alimentarias para hombres que no son responsables del divorcio me parece francamente fuera de lugar. Primero veamos la nota del Universal:

Corte avala pensión alimenticia para hombres divorciados

Establece que no necesitarán estar incapacitados para recibir el beneficio

Carlos Avilés
El Universal
Jueves 18 de enero de 2007

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un criterio bajo el cual estableció que los hombres y mujeres que resulten inocentes en un caso de divorcio tienen el mismo derecho a recibir la pensión alimenticia de su cónyuge, por lo que no se pueden establecer diferencias para el cumplimiento de esta obligación dependiendo de su sexo.

La Primera Sala de la SCJN estableció este criterio al declarar inconstitucional el artículo 310 del Código Civil del estado de Aguascalientes, porque discrimina a los hombres al establecer que en caso de divorcio, aun cuando sean inocentes de la separación, sólo tienen derecho a la pensión alimenticia si están incapacitados para trabajar y no tienen bienes propios para subsistir.

Mientras que a las mujeres les otorga derecho a la pensión alimenticia "por el solo hecho de resultar inocentes del divorcio, aun cuando éstas tengan bienes y estén en condiciones de trabajar, mientras no contraigan nupcias y vivan honestamente, derecho que, de proponérselo, pueden hacerlo vitalicio".

Tal y como se explicó en la sentencia que elaboró el ministro Sergio Valls, con el apoyo de José Ramón Cossío y José de Jesús Gudiño Pelayo, y pese al voto en contra de la ministra Olga Sánchez Cordero y Juan Silva.

Nadie sabe para quién trabaja

La medida la adoptó la Suprema Corte al resolver ayer un juicio de amparo promovido por un ciudadano de dicha entidad, quien paradójicamente no se verá beneficiado con el criterio.

La persona, de quien la Corte omitió su nombre y sólo lo identificó por sus iniciales, LTR, promovió el juicio de amparo con la intención de que lo liberaran de la obligación de pagarle una pensión alimenticia a su ex esposa.

Pero el criterio no lo benefició a él, dado que en el juicio de divorcio que enfrentó previamente fue declarado culpable.

Y, por lo mismo, tendrá que seguir pagando la pensión alimenticia que se le fijó para su ex esposa.

En cambio, con esta decisión, los hombres que sean inocentes de un divorcio en Aguascalientes, podrán solicitar, a través de un juicio de amparo, que sus ex esposas les otorguen una pensión alimenticia.

De momento esta medida sólo es aplicable a esta entidad, pero el criterio podrá emplearse en otras entidades en las que las pensiones alimenticias para los cónyuges, en caso de divorcio, estén contempladas en términos similares a las que se establece en Aguascalientes.

El ministro Sergio Valls Hernández, quien tuvo a su cargo este caso, aclaró que para evitar este tipo de discriminaciones en la mayor parte de los códigos civiles de los estados ya se habla de las responsabilidades del cónyuge inocente y del cónyuge culpable, sin hacer referencia a un género, es decir, sin aludir a si se es hombre o mujer, porque las obligaciones se aplican parejo, sin importar el sexo de la persona."


Tradicionalmente se le otorgaba una pensión a las mujeres en el divorcio debido a que en la mayoría de los casos en el país son las mujeres las que se tienen que hacer cargo de los niños. Sobra decir que mantener a los hijos no es fácil en México. Y MENOS cuando a la mujer se le ha discriminado en el sector laboral una y otra vez. Y al estar la mujer en una situación de INEQUIDAD ante el hombre en esta sociedad, la obligación de la pensión para la manutención de los hijos se hace simple y sencillamente necesaria.

Estoy de acuerdo en que los hombres merezcan una pensión como causa de divorcio solamente ante los siguientes supuestos:

1. Que el hombre sea quien se encargue la mayor parte del tiempo del cuidado y alimentación de los hijos.

2. Que sus ingresos, sin el ingreso de la mujer, no sean suficientes para el cuidado y alimentación de los hijos.


Y ya. Esto no es un asunto de género sino de economía y de realidades sociales. Desafortunadamente la realidad social es que la mujer en México sigue estando en una situación de inequidad laboral. Especialmente en casos en los que el hombre le pide que no trabaje y que se dedique simplemente a ser ama de casa.

Por lo que me parece una PENDEJADA y un ABUSO por parte de la corte el pretender AMEDRENTAR a las mujeres para que no se divorcien con esto de las pensiones.

Pongamos este supuesto: esposo panista; no se le para; es fanático religioso; se la pasa borracho; a esposa, por lo tanto, permanece en la insatisfacción permanente (tanto en lo sexual como en lo familiar). Ah, pues no se puede salir entonces esta mujer de este matrimonio por que entonces la obligan a pagar.

Se trata simple y sencillamente de una concesión a la ultra-derecha conservadora para intentar joder a las mujeres. Nada más. La aplicación a los hombres es verdaderamente MÍNIMA.

¿La solución? Muy sencillo: no se casen, estimadas lectoras (las que estén solteras, es decir). Sean independientes y vivan su vida para USTEDES, no para los caprichos de algún machín.


Una razón más para apoyar al peje en el 2007.

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