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viernes, septiembre 15, 2006

POLVOS DE AQUELLOS LODOS.

REFORMA
Miguel Ángel Granados Chapa.

Yerros del Tribunal.

No sólo contendientes políticos, sino un comité civil y analistas independientes han hallado las insuficiencias y contradicciones del dictamen final de la justicia electoral, que señaló ilegalidades de las que no sacó las consecuencias correspondientes, electorales y de otro género.

El Comité Conciudadano de Seguimiento del Proceso Electoral emitió el martes 12 su análisis del dictamen, acordado una semana atrás, por el que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró válido dicho proceso y Presidente electo a Felipe Calderón. El documento señala aspectos positivos de las etapas en que intervino ese órgano judicial pero carga el acento en sus insuficiencias y contradicciones.
El Comité concluye que el dictamen, si bien ofrece certeza legal, formal, "no resuelve diversas dudas de fondo y, en consecuencia, no puede decirse que ofrece certeza plena en relación con la evaluación de la calidad del proceso electoral".

Digo por mi parte que, adicionalmente, al cerrar la etapa jurisdiccional, el 28 de agosto, el Tribunal incurrió en una franca ilegalidad al dar por aprobadas las 375 sentencias a otros tantos juicios de inconformidad sin cumplir la disposición expresa del artículo 24 que lo obliga a discutirlas y votarlas una a una en sesión pública.

Puesto que se trata de un órgano terminal, su desapego al derecho no se le puede reprochar jurídicamente.

Practicante de la ilegalidad impune en sus propios actos, fue congruente que en la calificación el Tribunal obrara con lenidad semejante respecto de otros. Por eso cobra sentido, aunque sea impracticable (porque el Tribunal alegaría, si se diera por aludido, que carece de facultades para hacerlo) la petición del Comité Conciudadano de que se dé vista a las autoridades competentes a fin de iniciar procedimientos contra quienes incurrieron, según consta en el propio dictamen, en acciones de ilegalidad.

Ya en el análisis del documento, el Comité halló, entre otras, la siguiente monumental contradicción, ya expuesta aquí mismo pero desarrollada de manera muy elocuente:
"El Tribunal electoral estableció... que el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) violó la ley y que el Presidente de la República violó los principios rectores del proceso electoral y puso en riesgo la validez de la elección. Pero ante la imposibilidad de medir su efecto, el Tribunal decidió desecharlas. La razón para hacerlo no fue esta imposibilidad, sino que a su entender el efecto no había sido determinante de la elección. Sin embargo, el TEPJF no estableció regla, referente o parámetro alguno para decidir cuándo una violación a un principio constitucional tiene consecuencias en la validez de la elección y cuándo no.

¿Cuánto tiempo más de declaraciones del presidente Fox hubiesen sido determinantes (ya que el dictamen dice que el Presidente se detuvo a tiempo)?
¿Qué intervenciones adicionales del CCE hubiesen sido necesarias para transformarlas en determinantes?
Por supuesto que es imposible responder a estas preguntas. Así lo reconoce el TEPJF al aludir a la imposibilidad de medir una consecuencia. Pero de manera contradictoria el motivo para desecharlas es justamente una medición (nada explícita ni aceptable) de que esos efectos no son determinantes para la elección.

Donde el Tribunal afirma que no se puede medir, argumenta la determinancia, de forma contradictoria".
Sorprende que al establecer la determinancia el magistrado presidente Leonel Castillo González no tuviera presente su propia apreciación, carente de valor jurídico pues no la expresó en documento o discusión formal, de que mientras más estrecha la diferencia entre la votación de dos candidatos y partidos más cuidado habría que tener con la condición de determinantes que tuvieran las causas invocadas para anular casillas.

La diferencia entre Calderón y López Obrador fue de sólo la mitad de un punto, mientras que el rango expuesto por el magistrado montaba 8 o 10 veces esa cifra.Por lo demás, las atenuantes a la eficacia propagandística del Presidente, evaluadas por el Tribunal a favor del Ejecutivo fueron más virtuales que reales.

La tregua navideña obligaba a los partidos y candidatos, no al primer mandatario, que no se sintió constreñido a acatarla. El acuerdo de neutralidad fue publicado en febrero, pero sólo en mayo el IFE se sintió obligado a comunicarlo formalmente a Fox, ante sus insistentes presentaciones.

Y sólo en abril fueron suspendidos, por disposición de la Suprema Corte, los mensajes que convertían la difusión de la obra de gobierno en propaganda política; y en una clara burla, al atenerse al mandamiento judicial el gobierno prescindió de la figura presidencial pero continuó difundiendo tal publicidad.

Tal vez conforme a la máxima ética que ordena tratar a otros como se desea ser tratado, el Tribunal extendió en su dictamen un certificado de impunidad al consejero presidente del IFE. Lo benefició considerando que dar "a conocer la suma de los resultados... no implica propiamente que se esté declarando a un ganador, sino simplemente el proporcionar los datos numéricos con que hasta ese momento se contaba...".

El Tribunal deliberadamente dejó de lado la circunstancia de que el propósito de "mantener informada a la población" respecto de los resultados, intención que atribuye al presidente del IFE, había sido ya cumplido, minutos antes y conforme a la ley, por el secretario ejecutivo del instituto, único miembro de la estructural central del IFE que tiene participación, ésa, en los cómputos distritales.

El infractor no se limitó, por lo demás, a hacer cuentas, sino que las relacionó con "la regla de oro de la democracia", de que es triunfador quien tiene más votos. Pero esa afirmación careció de efectos, dijo el candoroso Tribunal.

Cajón de Sastre
La decisión del presidente Fox de ofrecer en Dolores Hidalgo el último Grito del sexenio, fue una medida al mismo tiempo prudente y astuta. Ya había comenzado a reconocer la dificultad de enfrentar a una multitud en su contra, irritada por lo que esa porción de la sociedad llama fraude electoral, cuando se resolvió suprimir la cortesana cena donde en Palacio Nacional se reunía a un puñado de escogidos, encabezados por la pareja presidencial.

Y aunque aceptar la invitación del ayuntamiento dolorense, rechazada ya en su más reciente estancia en ese lugar, significó recular en una decisión que apenas anteayer confirmó su errático vocero, Rubén Aguilar, Fox eligió adecuadamente no gritar desde el Zócalo, y menos hacerlo a la misma hora que su enconado rival Andrés Manuel López Obrador.

A la prudencia añadió la astucia, pues al encargar su suplencia no a un miembro de su gabinete sino al jefe de Gobierno del Distrito Federal busca neutralizar a los más radicales resistentes civiles, que no abuchearán a Alejandro Encinas. Correo electrónico: miguelangel@granadoschapa.com

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