Para los voceros de FECAL (Televisa y Cía) que buscan enfrentarnos a los Mexicanos
Los caminos del Tribunal Electoral
Por Santiago Nieto
Voltaire legó a la humanidad una bellísima idea: “Podré no estar de acuerdo con lo que dices, pero daría hasta mi vida por defender tu derecho a decirlo”. Podremos estar o no estar de acuerdo con López Obrador y su forma de actuar, pero no podemos negar, bajo ninguna circunstancia, que tiene el derecho constitucional inviolable de acudir ante los órganos jurisdiccionales a proteger sus derechos y que ese derecho tiene que ser respetado, por todos nosotros, si queremos portar con orgullo el gafete de demócratas.
Por eso me preocupa, y mucho, que un sector de la población y las televisoras mexicanas pretendan dar por concluido el proceso electoral. ¿Para qué tanta presión y tanta prisa? ¿Por qué no esperar la resolución del Tribunal Electoral? Me preocupa, aún más, la campaña que se ha difundido en los últimos días que pretende dividir al país en dos bloques: los pacíficos hombres de la ley y los renegados enemigos del Estado de Derecho. Nada más ajeno a la realidad que este maniqueísmo. México es tan plural y tan disímil que, ni en un bando ni en otro existe uniformidad. ¿Por qué no pensar, mejor, que quienes creemos que debe contarse voto por voto de las casillas impugnadas, lo único que pretendemos es legitimar al próximo presidente? ¿Lo único que queremos es que se cumpla el principio constitucional de certeza, que es superior a la ley?
Creo que es responsabilidad de todos, empezar a cuestionar estas campañas televisivas, por una razón: no ayudan al fortalecimiento de las instituciones, sino que las hacen sus rehenes. Es necesario esperar la resolución del Tribunal. Tiene a cuestas, la enorme tarea de calificar la elección y legitimar al próximo presidente de la República, antes del 31 de agosto. Situación nada fácil que le hereda un incompetente y parcial Consejo General del Instituto Federal Electoral. ¿Qué puede hacer el Tribunal? Jurídicamente, los escenarios son los siguientes:
a) Aplicar el artículo 56, párrafo 1, inciso b) de la Ley de Medios de Impugnación, y declarar la nulidad de votación emitida en casillas, modificando cuantas actas de cómputo distrital sea necesario.
Aquí, se abren dos posibilidades: que el nuevo recuento de votos favorezca a Andrés Manuel López Obrador o que se confirme el resultado a favor de Felipe Calderón.
En este segundo supuesto, las vías jurídicas para la Coalición por el bien de Todos no terminan. Algún gobernador podría solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del artículo 97 constitucional, que investigue por violaciones al voto público. El último caso lo tuvimos en León en 1946, pero existe la posibilidad constitucional. Es importante decir que los resultados de la investigación no tienen efectos vinculatorios, por lo que Calderón sería presidente.
Andrés Manuel podría entonces acudir a los organismos internacionales de protección de los derechos humanos, como lo hizo el PAN en la década de los ochenta, y esperar que la Comisión Interamericana en Washington o la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José, Costa Rica, conozcan del tema.
b) Declarar la no validez de la elección, o si se quiere, la nulidad, aplicando la causal abstracta de nulidad que jurisprudencialmente ha desarrollado el propio Tribunal Electoral en casos como Colima, Tabasco y Zamora, este último, en elección federal, entre una veintena de casos.
Cabe aclarar que la Ley de Medios no señala expresamente la facultad del Tribunal para anular una elección de Presidente de la República, como si lo hace para las elecciones de diputados y senadores. Sin embargo, el precedente jurídicamente existe y la gravedad de la situación, podría llevar a los magistrados a tomar esa decisión. Dependerá de las pruebas y la argumentación presentadas por la coalición.
Esta omisión legal se debe, hay que decirlo, a que esta ley fue aprobada en 1996 sólo con el voto del PRI, que pensaba que era una mejor forma de proteger a sus candidatos presidenciales. El PAN votó en contra de esta ley, por cierto, aunque hoy parezca no recordarlo.
En este escenario, la solución sería que el Congreso de la Unión, en términos del artículo 84 constitucional, designara un Presidente Interino, y que el propio Congreso convocara a nuevas elecciones en menos de dieciocho meses.
En fin, estos son los escenarios jurídicos. Dependerá de la interpretación y de las pruebas aportadas por las partes, el camino que tome el Tribunal Electoral y el futuro del país.
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sábado, julio 15, 2006
LOS CAMINOS DEL TRIBUNAL FEDERAL ELECTORAL
Publicadas por Anónimo a la/s 8:24 p.m.
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