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martes, agosto 22, 2006

AZUELA SIGUE REBUZNANDO.

Invoca el 97 constitucional, del que recientemente consideró ''está redactado con los pies''.
Se aferra Azuela a impedir que la Corte indague fraude electoral.
El ministro José Ramón Cossío aplaza emitir un juicio sobre la petición de 16 mil 806 ciudadanos.

JESUS ARANDA

Tal como lo había advertido, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Mariano Azuela, desechó ayer por ''notoriamente improcedente'' la petición de 16 mil 806 ciudadanos que solicitaron al máximo tribunal ejercer su facultad de atracción para investigar la violación grave al voto público en las elecciones del pasado 2 de julio; en cambio, el ministro José Ramón Cossío evitó manifestarse al respecto, porque ''está pendiente de resolverse'' un recurso de reclamación sobre el mismo tema.

En su respuesta, el ministro Azuela da a conocer que ha mantenido el mismo criterio en ocho peticiones similares, hechas por ciudadanos de manera individual o colectiva.

Otra visión.
En tanto, el ministro José Ramón Cossío respondió que no puede emitir un juicio sobre la petición, porque la Corte ''está por pronunciarse'' en torno a la posibilidad de conocer ''de los hechos que ustedes solicitan someta a consideración'', y por ello expresará su opinión cuando el tema sea analizado en sesión de pleno.

La respuesta de Cossío, dirigida a parte de los promoventes de la demanda (Francisco de Paula León Olea, Jorge Eduardo Navarrete, Rogelio Ramírez de la O, Jesús González Schmal, Guadalupe Loaeza, Víctor Hugo Rascón Banda, Jaime Cárdenas Gracia, Gustavo Iruegas Evaristo y Alvaro Arceo Corcuera, entre otros), se dio en razón de que los peticionarios, además de entregar la solicitud formal a la oficialía de partes de la Suprema Corte, hicieron lo propio de manera personal con los otros diez ministros del pleno.

Cossío respondió el escrito con base en el artículo octavo constitucional, el cual señala que los funcionarios respetarán el derecho de petición, ''siempre que éste se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa'', y que ''a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene la obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario''.

En la solicitud se le sugiere que él ''plantee ante el pleno que se acuerde ejercer la facultad investigadora a que se refiere el artículo 97 constitucional''.

Ante ello, el magistrado precisó que en la Corte está pendiente de resolverse el recurso de reclamación 235/2006-PL -cuyo estudio ''correspondió'' a la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos-, en el que se combate el acuerdo del 3 de agosto pasado dictado por el ministro presidente, en el que se desechó una solicitud para que se ejerciera la facultad por el mismo asunto.

Por tanto, indicó Cossío, tomando en consideración que el asunto está sub judice y que el pleno de la Corte ''está por pronunciarse en torno a la posibilidad de conocer de los hechos que ustedes solicitan someta a consideración, no me es posible adelantar la opinión jurídica que sobre el particular habré de expresar en esa sesión''.

En cambio, después de que el pasado jueves intelectuales, abogados, artistas y ciudadanos en general solicitaran al máximo tribunal su intervención, ''ante el riesgo de que se violente la paz social en México, debido a la incertidumbre generada por la violación al voto público'', Azuela publicó ayer en los estrados de la Suprema Corte el acuerdo 1450/2006, en el que señala que ''procede desechar, por notoriamente improcedente, la petición que se formula'', en razón de que los peticionarios carecen de legitimación para pedir la indagatoria.

¿Por fin?
Señala el ministro que, de acuerdo con el artículo 97 constitucional, párrafo tercero, la facultad de investigar la violación al voto ''se reserva exclusivamente a la SCJN'', que podrá practicarla de oficio.
Así, Azuela convalidó lo que señala el citado artículo 97, cuando apenas el miércoles pasado, durante una conferencia magistral ofrecida en la Universidad Anáhuac, había sostenido que ese artículo ''es totalmente anacrónico, obsoleto'' y está ''redactado con los pies''.

Asimismo argumentó que, de conformidad con la reforma político-electoral de 1996, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) quedó reconocido constitucionalmente como ''la máxima autoridad jurisdiccional en la materia'', de donde se desprende que corresponde a ese órgano la resolución de todos aquellos asuntos que se planteen ''en relación con la supuesta violación a los derechos político-electorales del ciudadano''.

Además, recordó que ''idénticas razones'' se han expresado en solicitudes análogas (mencionó los casos 1304/2006, 1331/2006, 1341/ 2006, 1350/2006, 1364/2006, 1375/2006, así como el 1430/2006 y el 1441/2006.

Entrevistado al respecto, el doctor en derecho constitucional y uno de los representantes legales de los peticionarios, Elisur Arteaga, cuestionó la respuesta de Azuela e incluso dijo que podría ser sujeto de responsabilidad al haber emitido un juicio sobre el tema el pasado miércoles, en la Universidad Anáhuac, cuando afirmó no sólo que el artículo 97 está ''redactado con los pies'', sino además que en materia de elecciones, el tribunal electoral es un órgano terminal, ''y terminal es que por encima de él no hay nadie en todo lo que son actos electorales''.

Estas palabras del ministro presidente las había dicho a sabiendas de que al día siguiente la Corte recibiría la petición de 16 mil 806 ciudadanos para investigar los hechos referidos. Azuela tenía que haberse excusado de emitir ese acuerdo; debió turnarlo a otro ministro para que resolviera, subrayó Arteaga.

Al mismo tiempo, el especialista destacó la respuesta de Cossío al escrito que le entregaron, y comentó que pese a la actitud que ha asumido Mariano Azuela en contra de que la Corte investigue, aún queda la esperanza de que antes de que el TEPJF califique la elección presidencial el pleno discuta la posibilidad de ejercer su facultad de atracción en este asunto.

Añadió que en caso de que la Suprema Corte se niegue a intervenir, y que el tribunal electoral califique la elección en favor del panista Felipe Calderón, entonces sí habrá condiciones para denunciar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el fraude cometido el 2 de julio pasado en agravio del candidato de la coalición Por el Bien de Todos, Andrés Manuel López Obrador, porque ya no quedará ninguna instancia en México para denunciar la violación grave al voto público en el país.

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