Como en Estados Unidos
Los debates sirven. El que se ha dado, con muchos trabajos, con cerrazón de un sector importante de los medios, alrededor de la propuesta llamada “reforma judicial” (pero que en realidad debiera llamarse reforma policiaca), ya ha dado algunos frutos; uno muy visible es la marcha atrás en una parte importante del proyecto inicial: lo referente a los cateos sin orden judicial, que ya no se podrán hacer al amparo constitucional.
Ciertamente quedan otras barbaridades peligrosas para los derechos humanos, señalo solamente dos: la autorización a todas las policías, equipándolas con el Ministerio Público, e incluir, dentro del capítulo de Garantías Individuales de la Constitución, el arraigo como si no se tratara de una arbitrariedad en contra de la libertad individual.
Pero el debate ha producido otros frutos importantes. Creo que ante las críticas abiertas, algunas airadas, insistentes de ciudadanos comunes, pero muy conscientes, y también de juristas destacados, algunos políticos defensores de la reforma han expresando poco a poco los objetivos verdaderos, de fondo, de la modificación constitucional; las palabras los traicionan, se ponen nerviosos y en su afán de defender las bondades que sólo ellos ven en esta llamada por el humor popular ley Gestapo, salen a relucir las verdades y los motivos profundos que los mueven.Leer más...
Más fragilidad
La fragilidad de la economía de Estados Unidos sigue en aumento. La semana pasada el índice de precios de la bolsa de valores de Nueva York cayó por cuarto mes consecutivo; esta situación no se observaba desde 2002. El índice Dow Jones se precipitó 0.9 por ciento, el Nasdaq bajó 1.4 por ciento y el Standard & Poor’s 500 cayó 1.7 por ciento, acumulando una disminución de 3.5 por ciento durante febrero. Según las encuestas, las utilidades de las 500 mayores empresas se redujeron en promedio 23 por ciento en el último trimestre de 2007.Leer más...
México SA
■ Los Mouriño elevaron de 5 a 38 las franquicias de gasolineras
■ Inconstitucionalidad
Ampliar la imagen Camilo Mouriño, titular de la Secretaría de Gobernación Foto: Francisco Olvera
De las páginas de sociales en su amada “provincia”, hoy los Mouriño han brincado a las de nota roja política y se encuentran en el ojo del huracán desatado por los documentos divulgados por Andrés Manuel López Obrador en torno al tráfico de influencias del delfín de Felipe Calderon.
En unos cuantos años, el Grupo Energético del Sureste, la mayor de las empresas del Corporativo GES, de los Mouriño, incrementó sustancialmente (de cinco a 38) el número de franquicias gasolineras que a su favor les otorgó Petróleos Mexicanos, entre otras gracias.
Sobre este último tema, el de las estaciones de servicio franquiciatadas por la paraestatal, expertos en la materia concluyen que el otorgamiento de tales franquicias violan abiertamente la Constitución. En este contexto, reproduzco algunos pasajes del estudio Inconstitucionalidad de la franquicia de Petróleos Mexicanos, cuyo autor, Néstor Franco Ríos, indica que a partir del 18 de marzo de 1992, Petróleos Mexicanos inició un programa que denominó “Modernización de las estaciones de servicio”. El mismo tenía la finalidad de que las gasolineras establecidas a lo largo del territorio nacional modernizaran sus instalaciones, facilitando a los “concesionarios” establecer otro tipo de negocios adicionales que les permitiera contar con mayor rentabilidad, ya que los porcentajes de utilidad que se otorgaban no eran suficientes para solventar los gastos, así como la obtención de una utilidad razonable a que todo empresario tiene derecho al invertir su patrimonio.
El supuesto sustento legal en que Pemex Refinación basó su programa de franquicias, apunta el autor, fue el artículo 142 de la Ley de la Propiedad Industrial, que entró en vigor en 1991. Sin embargo, las leyes reglamentarias (caso concreto la relativa al 27 constitucional) son aquellas que precisan cómo deben aplicarse los principios de la Constitución, de tal manera que se puede considerar que éstas poseen la misma jerarquía que aquélla, siempre y cuando respeten al pie de la letra el mandato de la carta magna.
En este orden de ideas, al existir una ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, es de entenderse que tiene una supremacía sobre cualquier otra, y su aplicación y observancia es obligatoria para cualquier órgano del Estado, caso contrario se estaría en presencia de un claro acto de inconstitucionalidad. Cierto es que el Estado debe alentar y proteger la actividad económica de los particulares, pero en el caso concreto del petróleo y sus derivados, siempre deberá realizarse dentro del marco que establece la constitución, y si también es cierto que el artículo cuarto de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios señala que este organismo puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, estos deberán realizarse siempre con sujeción a las disposiciones legales aplicables, es decir, a la Constitución y sus leyes reglamentarias.Leer más...
■ La distribución de una carta suscrita por el ex candidato presidencial, la causa
Improcedente, queja del Movimiento por la Democracia por apoyo de AMLO a Encinas
■ Desestima la CNGV del PRD el recurso presentado por un representante de Ramírez Cuéllar
El viernes pasado, la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) declaró improcedente una queja interpuesta por el Movimiento por la Democracia en contra de Alejandro Encinas Rodríguez por la distribución de una carta suscrita por Andrés Manuel López Obrador, donde convoca a militantes perredistas a votar por el ex jefe de Gobierno capitalino en las elecciones internas del 16 de marzo próximo.
Los integrantes de este órgano partidista argumentaron que el recurso promovido por Gerardo Occelli Carranco, representante de Alfonso Ramírez Cuéllar –uno de los adversarios de Encinas– fue entregado a destiempo, es decir, el 21 de febrero, cuando debió hacerlo dos días antes.
Destaca la resolución dada a conocer luego de que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del partido determinara que debía retirarse toda la propaganda que realizaran candidatos y que pudiera considerarse ilegal. Algunos integrantes de ese órgano, como Guadalupe Acosta Naranjo y Saúl Escobar, sostuvieron que la carta de López Obrador formaba parte de lo anterior.Leer más...
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