BOLETIN 295, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, 11 DE NOV DE 2007
Acuerdan en "lo oscurito" reformas al contrato-ley de los ingenios
azucareros del país: BELU
* Con las modificaciones se verán afectados gravemente los derechos de
quienes laboran en el sector azucarero, denuncia
* Menciona que desde el 18 de octubre de este año se viene aplicando las
reformas al Contrato-Ley de la Industrias Azucarera, Alcoholera y
Similares de a R.M.
El Sindicato de Trabajadores de las Industrias Azucarera y Similar de la
República Mexicana afiliada a la CTM y la Cámara Nacional de la Industria
Azucarera y Alcoholera, entre organismos empresariales, hicieron un
acuerdo "en lo oscurito" para modificar sustancialmente el Contrato-Ley de
las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de a R.M., y con ello
afectar gravemente los derechos de quienes laboran en este sector,
denunció Bertha Elena Luján Uranga.
La secretaria del Trabajo del Gobierno Legítimo de México, Bertha Elena
Luján Uranga, comentó que casi un millar de trabajadores de distintos
ingenios azucareros del país dieron a conocer este acuerdo entre las dos
instituciones.
Expuso que sin existir solicitud, convocatoria, verificación o convención
de por medio, la Secretaría del Trabajo del gobierno espurio, a través del
titular Javier Lozano Alarcón, el subsecretario Álvaro Castro y el jefe de
conciliadores Carlos A. Siqueiros, aprobaron y ordenaron la publicación
de las reformas al Contrato-Ley, mencionó
Estas reformas, expresó, son derivadas de "la negociación amañada y
secreta entre el Comité Ejecutivo del Sindicato al frente del cual esta
el secretario general, Enrique Ramos Rodríguez, y los que se dijeron
representantes patronales encabezados por los directivos de la Cámara
Nacional de las Industrias Azucarera y Alcoholera, con Juan Cortina
Gallardo como presidente, el director del Fondo de Empresas Expropiadas
del Sector Azucarero y los que encabezan la Asociación de Técnicos
Azucareros de México, A.C".
Luján Uranga afirmó que en conclusión al amparo de las autoridades
federales del trabajo, un grupo de empresarios y líderes sindicales del
sector azucarero y del alcohol, modificaron un contrato colectivo que es
ley en el país, vulnerando derechos adquiridos de los trabajadores e
imponiendo un modelo de "modernización" que se ha venido impulsando por
aquellos que ven en la disminución de prestaciones y salarios la base de
un proyecto nacional.
"Son los mismos que proponen las reformas laborales neoliberales, que
hasta la fecha no han sido aprobadas, pero que en la práctica están
imponiendo por la vía de los cambios a los contratos colectivos, al
margen de la voluntad de los involucrados", sostuvo.
Explicó que dado la ilegalidad del procedimiento y la violación a los
derechos constitucionales y laborales, varios cientos de denunciantes de
estos hechos presentaron un amparo el último día de octubre solicitando a
la autoridad judicial la suspensión de la aplicación de las reformas y la
anulación de las mismas.
Declaró que hay una gran desinformación en el sector, pues son pocos los
trabajadores que conocen los cambios al contrato. Por ello, es muy
importante difundir la verdad, para que los afectados tomen las decisiones
que lleven a la defensa de sus derechos, por ejemplo, por la vía del
amparo.
La secretaria de Trabajo del Gobierno Legítimo de México detalló que a
través del Diario Oficial de la Federación, los trabajadores conocieron el
nuevo texto del contrato-ley y las nuevas tarifas salariales que regirán
en toda la República México en el ramo señalado, a partir del 18 de
octubre.
Indicó que con el nombre de "Convenio de Modernización del contrato ley de
las Industrias Azucareras, Alcoholera y Similares de la República
Mexicana" los que se ostentaron como representantes de las dos terceras
partes de los trabajadores y empresarios en el ramo, modificaron el
contenido del contrato, introduciendo una serie de cambios que instalan
las relaciones laborales, en el modelo de flexibilización total de la mano
de obra, al estilo de los "modernizadores" neoliberales.
Las autoridades del trabajo, explicó, incumpliendo flagrantemente la ley,
registraron y publicaron las reformas, dando por sentado sin que así se
acreditara, la representación de los negociantes, sin cumplir con lo
establecido en la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 419 que incluye
la verificación de la mayoría y la emisión de una convocatoria para la
realización de la convención de trabajadores y empresarios quienes deben
discutir y acordar todo lo concerniente al contrato-ley.
Mencionó que los cambios al Contrato-Ley se refieren a dos aspectos
importantes: por un lado modifican las condiciones laborales de los
trabajadores imponiendo un modelo de flexibilización brutal y un
sometimiento total del sindicato a las decisiones patronales, y por otro,
plantean otro régimen de jubilaciones y pensiones para los trabajadores
sindicalizados del sector azucarero.
En cuanto a los aspectos laborales, señaló, se reforman ocho artículos y
se añade un 61Bis, estableciéndose distintos compromisos sindicales por
ejemplo, para disciplinar a los trabajadores "que en su historial laboral
estén catalogados como faltistas o que carezcan de interés en su fuente de
trabajo".
Asimismo, dijo, la organización gremial se compromete a observar los
principios de flexibilidad y movilidad del personal y a no ejecutar
ninguna acción que se contraponga a la productividad y eficiencia de la
planta productiva y por tanto, a evitar cualquier tipo de bloqueos o paros
laborales.
"Los cambios se refieren también a la formación de "grupos de elite", al
establecimiento de puestos multihabiles o multifuncionales, así como a la
formulación del escalafón y tabulador alternos (al antiguo tabulador), que
incluyan a los trabajadores que deben desempeñar capacidades
multifuncionales, multihábiles o flexibles", manifestó.
En relación al régimen de pensiones, comentó, se reforma ampliamente el
Artículo 71-Bis para establecer "el reglamento del nuevo plan de
jubilaciones para el personal sindicalizado de la industria azucarera".
En primer lugar, indicó, este plan sustituye la figura de "pensiones
mensuales de jubilados" por el de "beneficios de jubilados", así como el
concepto de pensión `por el de beneficio.
Mencionó que se plantea que el ingenio que se trate será el que decida
quien debe administrar los fondos, cambia el llamado salario pensionable
reduciéndolo considerablemente, así como los montos de dichos "beneficios"
(antes pensiones) sustituyéndose las pensiones vitalicias en varios casos
(como invalidez o cesantía en edad avanzada), por el de "sesenta pagos
garantizados".
Detalló que se incluye también una tabla de ajustes por antigüedad y se
establece un nuevo artículo que incorpora las causas de terminación de la
pensión.
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