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domingo, marzo 04, 2007

ESTÁN ROBANDO A LOS TRABAJADORES.

Pensiones de hambre PDF Imprimir E-Mail
domingo, 04 de marzo de 2007

La Comisión Federal de Competencia advierte que el 50% de los trabajadores inscritos en Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) se retirarán con una pensión mínima garantizada de un salario mínimo, que a la fecha no supera los mil 500 pesos al mes

MEXICO, D.F., 3 de marzo (LA JORNADA).- La Comisión Federal de Competencia (Cofeco) advierte que el cincuenta por ciento de los trabajadores inscritos en Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) se retirarán con una pensión mínima garantizada de un salario mínimo, que a la fecha no supera los mil 500 pesos al mes.

En contraste, refiere dicho órgano regulador, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) han obtenido "rentas extraordinarias" por encima de cualquier sistema de ese tipo en el mundo.

A través del oficio PRES-10-096-2006-162 -del cual este diario tiene copia- turnado a la Cámara de Diputados, Senado de la República, Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y a la Comisión del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), la Cofeco propone romper con el modelo de elevadas comisiones que obtienen las Afores, otorgando "la administración de todas las cuentas individuales a una administradora única independiente de las Afores, a través de un proceso de competencia por el mercado (licitación pública) basado en comisiones.

Esa comisión sería uniforme para todas las cuentas y se determinaría como porcentaje del saldo o como un monto fijo por cuenta".

El documento firmado por Eduardo Pérez Mota, presidente de la Cofeco da cuenta de la indefensión que enfrentan los trabajadores y sus ahorros en medio del mar de opacidad que prevalece en torno a las Afores. Por tal razón, sugiere asignar "la responsabilidad de los planes de pensión a los trabajadores, al mismo tiempo que se protegen los recursos de aquellos que no se involucren en el manejo de sus cuentas. Además, ejercerían una enorme presión para que las administradoras concentren sus esfuerzos en la oferta de mejores estrategias riesgo-rendimiento".

Los riesgos que implica el manejo de los recursos de los trabajadores en manos de los Afores, son evidenciados también por Miguel Alonso Raya, quien fungió como presidente de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados en la 59 Legislatura: "El gobierno omite su responsabilidad, no regula porque los bancos lo chantajean. Tan sólo basta referir que el cinco por ciento de los empleados inscritos en el SAR apenas alcanzan a cubrir los requisitos para obtener a la hora de su retiro una pensión digna, mientras que la mayoría, el 60 por ciento no conseguirá más que un salario mínimo. Este sistema no funciona, y sólo puede fracasar ante la vergonzosa sangría que las Afores han hecho de los ahorros de sus clientes".

La Cofeco, por su parte refiere que en México persiste una baja sensibilidad social en torno a los ahorros en las Afores porque son de consumo obligatorio, lo cual reduce el sentido de propiedad de la cuenta de ahorro individual; los trabajadores ponen poca atención en el servicio de las Afores debido al largo periodo que debe transcurrir para que pueda retirar sus fondos, y resulta complejo identificar los atributos relevantes de este servicio y relacionarlo directamente con su nivel de bienestar.

A estas características sociológicas se agrega que "los trabajadores que llegarán a la edad de retiro con derechos vigentes para optar por la pensión definida en la Ley 73 tiene incentivos limitados para optimizar sus cuentas, pues el gobierno federal absorbe los costos de elegir una Afore poco competitiva. En la misma situación se encuentran los trabajadores que llegarán a la edad de retiro con derechos vigentes para optar por la Pensión Mínima Garantizada bajo la Ley de 97 y el saldo de sus cuentas no les permitirá una pensión mayor".

Si los trabajadores, refiere el oficio, muestran desinterés en la optimización del saldo de sus cuentas y son poco sensibles a diferenciales en comisiones y rendimientos, "las administradoras consideran su cartera de clientes como cautiva y no ven como amenaza que sus competidores sean más competitivos en estos atributos.

"De esa forma, las Afores tenderán a realizar excesivos gastos en promoción y publicidad para defender o ampliar su cartera de clientes. Los niveles históricos de las comisiones y rendimientos netos ofrecidos por las Afores indican restricciones relevantes al proceso de competencia y libre concurrencia en el SAR, lo cual ha incrementado su costo fiscal y deteriorado los saldos de las cuentas de los trabajadores.

"Las Afores han venido cobrando comisiones muy altas en comparación con referencias internacionales. Por ejemplo, en el periodo 1999-2005 los ingresos de las administradoras como porcentaje de los fondos administrados fue de 2.3 veces el promedio ponderado para el resto de América Latina, aunque esta diferencia bajó 2.36 veces en 1999 a 2.11 veces en 2005.

En el período 1997-2005 los rendimientos netos anuales de las cuentas individuales fueron prácticamente nulos en términos reales".

A fines del año pasado, la Cofeco adujo que las Afores han obtenido "rentas extraordinarias que difícilmente pueden ser atribuido a niveles extraordinarios en su competitividad o en el valor que generan a los trabajadores".

Por ejemplo, en el periodo 2000-2005 las seis Afores más grandes registraron en promedio un rendimiento anual sobre capital contable de 35.6 por ciento. "Esta rentabilidad es alta desde cualquier perspectiva, especialmente si se considera que no ha venido acompañada de una generación de valor para los trabajadores.

Como referencia, esta rentabilidad fue 3.6 más veces la registrada por los bancos propiedad de los mismos grupos financieros a que pertenecen esas Afores".

Durante el periodo junio de 2005 a junio de 2006 los ingresos por comisiones para las Afores en el país representaron 2.16 por ciento de los fondos administrados.

"Esa cifra es elevada si se compara con sistemas similares tanto en América Latina como en otros lugares del mundo".

En ese mismo periodo, el indicador fue de 0.61 por ciento y 0.57 por ciento en Chile y Bolivia respectivamente. En Suecia las comisiones se estiman en 0.71 por ciento, y en el Reino Unido la comisión anual para el sistema de pensiones individuales tiene un tope máximo de uno por ciento.

La Cofeco propone, por lo tanto: asignar la administración de todas las cuentas individuales a una administradora única; revisar periódicamente la comisión para reflejar mejoras en productividad y crecientes economías de escala; establecer una régimen de gobierno corporativo y una estructura de incentivos que asegure el oportuno registro de trabajadores y la adecuada difusión de información y cultura financiera; fortalecer la regulación de las Afores-Siefores, incrementar el número de Siefores (Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro) permitidas para cada Afore; sujetar a las Siefores a un régimen transparente de comisiones sobre saldo y desarrollar criterios para proteger los recursos de los trabajadores que no se involucren en la optimización de sus recursos.

Con objeto de restar opacidad al sistema del SAR, la Comisión Federal de Competencia desglosa las siguientes medidas a implementarse: "Dar a los trabajadores libertad para asignar sus recursos a las Siefores de su preferencia. Los recursos podrían distribuirse entre varias Siefores que no necesariamente pertenezcan a la misma Afore; desarrollar criterios transparentes para asignar entre las Siefores más eficientes los recursos de los trabajadores que no opten por ninguna Siefore.

"Proteger los recursos de las cuentas de los trabajadores de la generación de transición. Asignar los recursos de todas las cuentas de acuerdo con la eficiencia y otorgar a los trabajadores la opción de elegir el plan de pensión ofrecido bajo la Ley del 97. El trabajador podría asignar sus recursos a las Siefores de su preferencia a partir del momento en que opte por el nuevo régimen, esa elección podría realizarse en cualquier momento, pero tendría un carácter irreversible.

"Otorgar a los trabajadores un plazo fijo para que puedan optar por el régimen de la Ley 73, Si toman esta opción, los recursos de sus cuentas serían reasignados con base en la eficiencia. En caso contrario, se sujetarían a la Ley 97 y el manejo de su cuenta sería su responsabilidad".

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